En este artículo
Gs. 3.044.000
salario mínimo mensual, jornada diurna, actividades diversas no especificadas, desde el 1/7/2026
Gs. 117.077
jornal mínimo diario del trabajador a jornal: el mensual ÷ 26
Salario mínimo 2026: todos los valores
La Res. MTESS 670/2026 reglamenta el Decreto 6225 del 17 de junio de 2026. Fija el mínimo de actividades diversas no especificadas, que es el que aplica si tu rubro no tiene uno propio.
| Valor mínimo | Jornada diurna | Jornada nocturna |
|---|---|---|
| Salario mensual | Gs. 3.044.000 | Gs. 3.957.200 |
| Jornal (trabajador a jornal, por día) | Gs. 117.077 | Gs. 152.200 |
| Diario del mensualizado | Gs. 101.467 | Gs. 131.907 |
| Hora del mensualizado | Gs. 12.683 | Gs. 18.844 |
| Hora a tiempo parcial | Gs. 14.635 | Gs. 21.743 |
| Aprendizaje y aprendizaje dual, mensual | Gs. 1.826.400 | — |
Salario mensual
- Jornada diurna
- Gs. 3.044.000
- Jornada nocturna
- Gs. 3.957.200
Jornal (trabajador a jornal, por día)
- Jornada diurna
- Gs. 117.077
- Jornada nocturna
- Gs. 152.200
Diario del mensualizado
- Jornada diurna
- Gs. 101.467
- Jornada nocturna
- Gs. 131.907
Hora del mensualizado
- Jornada diurna
- Gs. 12.683
- Jornada nocturna
- Gs. 18.844
Hora a tiempo parcial
- Jornada diurna
- Gs. 14.635
- Jornada nocturna
- Gs. 21.743
Aprendizaje y aprendizaje dual, mensual
- Jornada diurna
- Gs. 1.826.400
- Jornada nocturna
- —
Las divisiones son fijas: el diario del mensualizado es el mensual ÷ 30 y el jornal es el mensual ÷ 26. La hora es el diario ÷ 8 de día y ÷ 7 de noche (Res. 670/2026, art. 1).
El sueldo del mensualizado ya incluye los días de descanso (Res. 670/2026, art. 1). Por eso el jornal se divide por 26 y no por 30, como manda el Código del Trabajo (art. 232, inc. a, texto de la Ley 496/95).
Cuánto son 10, 30 o 100 jornales en 2026
Las multas laborales del Código del Trabajo se expresan en jornales mínimos. Con el jornal de Gs. 117.077 desde el 1 de julio de 2026, estos son los montos.
| Jornales mínimos | Desde el 1/7/2026 | Hasta el 30/6/2026 |
|---|---|---|
| 1 jornal | Gs. 117.077 | Gs. 111.502 |
| 10 jornales | Gs. 1.170.770 | Gs. 1.115.020 |
| 30 jornales | Gs. 3.512.310 | Gs. 3.345.060 |
| 50 jornales | Gs. 5.853.850 | Gs. 5.575.100 |
| 100 jornales | Gs. 11.707.700 | Gs. 11.150.200 |
1 jornal
- Desde el 1/7/2026
- Gs. 117.077
- Hasta el 30/6/2026
- Gs. 111.502
10 jornales
- Desde el 1/7/2026
- Gs. 1.170.770
- Hasta el 30/6/2026
- Gs. 1.115.020
30 jornales
- Desde el 1/7/2026
- Gs. 3.512.310
- Hasta el 30/6/2026
- Gs. 3.345.060
50 jornales
- Desde el 1/7/2026
- Gs. 5.853.850
- Hasta el 30/6/2026
- Gs. 5.575.100
100 jornales
- Desde el 1/7/2026
- Gs. 11.707.700
- Hasta el 30/6/2026
- Gs. 11.150.200
No pagar el mínimo o no dar vacaciones se multa con 10 a 30 jornales por trabajador (Código del Trabajo, art. 385, texto de la Ley 496/95), el doble si reincides.
La hora mínima a tiempo parcial es el jornal ÷ 8: Gs. 14.635 de día (Res. MTESS 670/2026, arts. 1 y 2).
Cuánto cobra el trabajador y cuánto paga la empresa
El salario mínimo no es lo que cuesta un trabajador. Al sueldo se le suman el 16,5 % de aporte patronal al IPS y la doceava parte del aguinaldo.
| Concepto, por mes | Trabajador | Empresa |
|---|---|---|
| Salario mínimo | Gs. 3.044.000 | Gs. 3.044.000 |
| Aporte al IPS del trabajador, 9 % | − Gs. 273.960 | Lo retiene y deposita |
| Aporte patronal al IPS, 16,5 % | — | + Gs. 502.260 |
| Provisión de aguinaldo, 1/12 | Lo cobra en diciembre | + Gs. 253.667 |
| Total | Gs. 2.770.040 en mano | Gs. 3.799.927 de costo |
Salario mínimo
- Trabajador
- Gs. 3.044.000
- Empresa
- Gs. 3.044.000
Aporte al IPS del trabajador, 9 %
- Trabajador
- − Gs. 273.960
- Empresa
- Lo retiene y deposita
Aporte patronal al IPS, 16,5 %
- Trabajador
- —
- Empresa
- + Gs. 502.260
Provisión de aguinaldo, 1/12
- Trabajador
- Lo cobra en diciembre
- Empresa
- + Gs. 253.667
Total
- Trabajador
- Gs. 2.770.040 en mano
- Empresa
- Gs. 3.799.927 de costo
Esas líneas, el básico, el 9 % y el neto, son las que debe mostrar cada recibo de salario firmado (Código del Trabajo, art. 235).
Si el trabajador tiene hijos menores de 17 años y gana hasta el doble del mínimo, suma la bonificación familiar (asignación familiar en el Código): 5 % del mínimo por hijo, Gs. 152.200 (Código del Trabajo, arts. 261 a 263). Requisitos, tope y modelos de nota en la guía de bonificación familiar.
Gs. 45.599.120
cuesta al año un trabajador con salario mínimo: 12 sueldos con 16,5 % de IPS patronal, más el aguinaldo. Ejemplo con Gs. 3.044.000 los 12 meses
¿Cuánto te cuesta tu planilla al mínimo?
Mueve la cantidad de trabajadores y compara el mínimo de hoy con el anterior. El ejemplo precargado, 10 trabajadores al mínimo de julio de 2026, da Gs. 37.999.267 al mes.
Costo mensual de trabajadores con salario mínimo
En qué se va
- SalariosGs. 30.440.00080 %
- IPS patronal, 16,5 %Gs. 5.022.60013 %
- Provisión de aguinaldo, 1/12Gs. 2.536.6677 %
Mínimos: Res. MTESS 670/2026 (Gs. 3.044.000) y Res. MTESS 677/2025 (Gs. 2.899.048). IPS: tabla de porcentajes de aportes. Es un estimado, jornada diurna completa: no incluye horas extra, bonificación familiar ni el régimen MIPYMES del IPS.
Cada trabajador al mínimo cuesta Gs. 180.948 más por mes desde julio: Gs. 144.952 de salario, Gs. 23.917 de IPS patronal y Gs. 12.079 de aguinaldo (cálculo de BlueliftAI).
Para sueldos por encima del mínimo, la calculadora de aguinaldo, IPS y décimos da el costo de cada trabajador.
Cómo se fijó el reajuste de julio de 2026
El Consejo Nacional de Salarios Mínimos (CONASAM) propone y el Poder Ejecutivo decide por decreto (Código del Trabajo, arts. 252 y 254). Después, el MTESS reglamenta los montos.
El reajuste de 2026, paso a paso
- 117/6/2026Acta CONASAM 07
- 217/6/2026Decreto 6225: +5 %
- 3JulioRes. MTESS 670/2026
- 41/7/2026Rige el nuevo mínimo
- 5Sueldo de julioNueva base de IPS
| Vigencia | Reajuste | Salario mínimo | Jornal | Hora (mensualizado) |
|---|---|---|---|---|
| Desde el 1/7/2025 | 3,6 % | Gs. 2.899.048 | Gs. 111.502 | Gs. 12.080 |
| Desde el 1/7/2026 | 5 % | Gs. 3.044.000 | Gs. 117.077 | Gs. 12.683 |
Desde el 1/7/2025
- Reajuste
- 3,6 %
- Salario mínimo
- Gs. 2.899.048
- Jornal
- Gs. 111.502
- Hora (mensualizado)
- Gs. 12.080
Desde el 1/7/2026
- Reajuste
- 5 %
- Salario mínimo
- Gs. 3.044.000
- Jornal
- Gs. 117.077
- Hora (mensualizado)
- Gs. 12.683
No hay fecha oficial para el próximo reajuste. El Código fija una vigencia de dos años, con cambio antes si el costo de vida sube al menos 10 % (arts. 255 y 256), pero no un mes.
Los dos últimos reajustes rigieron desde el 1 de julio, con un año de diferencia. Conviene presupuestar el segundo semestre con margen.
¿Tu trabajador cobra al menos el mínimo?
Responde por un trabajador concreto. Sirve para revisar la planilla después del reajuste.
¿Cumple con el salario mínimo de 2026?
Pregunta 1
¿Trabaja la jornada completa (8 horas de día o 7 de noche)?
El mínimo se debe a todo trabajador mayor de 18 años por cada día trabajado en la jornada legal (Código del Trabajo, art. 257, texto de la Ley 496/95).
Rubros con salario mínimo propio
La Res. 670/2026 tiene un anexo con mínimos por actividad y profesión, reajustados en el mismo 5 %. Si tu rubro figura ahí, ese monto manda.
| Actividad | Salario mensual | Jornal |
|---|---|---|
| Actividades diversas no especificadas | Gs. 3.044.000 | Gs. 117.077 |
| Estibadores (comercio) | Gs. 3.074.451 | Gs. 118.248 |
| Conductores de empresas privadas de ómnibus, camiones, autos de alquiler y particulares | Gs. 3.074.451 | Gs. 118.248 |
| Vestidos e industrias textiles | Gs. 3.081.672 | Gs. 118.526 |
| Escritorios comerciales, industriales y particulares | Gs. 3.089.789 | Gs. 118.838 |
| Chofer cobrador de transporte público | Gs. 3.996.788 | Gs. 153.723 |
Actividades diversas no especificadas
- Salario mensual
- Gs. 3.044.000
- Jornal
- Gs. 117.077
Estibadores (comercio)
- Salario mensual
- Gs. 3.074.451
- Jornal
- Gs. 118.248
Conductores de empresas privadas de ómnibus, camiones, autos de alquiler y particulares
- Salario mensual
- Gs. 3.074.451
- Jornal
- Gs. 118.248
Vestidos e industrias textiles
- Salario mensual
- Gs. 3.081.672
- Jornal
- Gs. 118.526
Escritorios comerciales, industriales y particulares
- Salario mensual
- Gs. 3.089.789
- Jornal
- Gs. 118.838
Chofer cobrador de transporte público
- Salario mensual
- Gs. 3.996.788
- Jornal
- Gs. 153.723
Para serenos, vigilantes y guardias de seguridad privada, el anexo fija el mínimo en proporción a las horas diarias contratadas, con base en el art. 205, inc. b, del Código del Trabajo.
Qué pasa si pagas menos del mínimo
Pactar un sueldo menor no sirve: la cláusula es nula y el contrato queda modificado automáticamente al mínimo (Código del Trabajo, art. 259).
30 días
como máximo fija el MTESS para pagar la diferencia que reclama el trabajador
Gs. 3.512.310
multa máxima por trabajador la primera vez: 30 jornales de Gs. 117.077. Desde Gs. 1.170.770, y el doble si reincides
El MTESS recuerda que no pagar el mínimo se multa con 10 a 30 jornales por trabajador, y recibe denuncias por WhatsApp.
En un ejemplo con 10 trabajadores, la multa máxima de primera vez llega a Gs. 35.123.100.
El efecto sigue en la nómina: el aguinaldo, las vacaciones, el preaviso y la indemnización se calculan sobre el salario. Si el salario estaba mal, todo lo demás también.
Qué revisar en tu empresa después del reajuste
Salario mínimo 2026, checklist del empleador
El aguinaldo de 2026 de quien cobra el mínimo todo el año es Gs. 2.971.524, no Gs. 3.044.000, porque el reajuste rige desde julio. El cálculo completo está en la guía del aguinaldo en Paraguay.
Las horas extra al 50 % y las nocturnas o en feriados al 100 % las calcula la calculadora de horas extras; los recargos y límites están en la guía de horas extras en Paraguay. Las tasas y el vencimiento de la planilla están en la guía del aporte al IPS.
Con el mínimo, el sueldo anual es Gs. 36.528.000, lejos de los Gs. 80.000.000 desde los que se paga IRP. El salario vigente, con el dólar del BCP, está en Indicadores de Paraguay.
Por dónde empezar
Un reajuste toca a la vez sueldos, IPS, aguinaldo, horas extra y el Libro de Información Laboral.
Si cada cosa vive en una planilla distinta, el error aparece meses después, en una liquidación o una inspección.
Calcula el costo de tu equipo en la calculadora de aguinaldo, IPS y décimos y la salida de un trabajador en la calculadora de liquidación laboral.
En el diagnóstico gratuito medimos cuántas horas lleva hoy tu cierre de nómina y qué parte puede salir de una sola fuente.
Fuentes:
- Res. MTESS 670/2026: reglamenta el Decreto 6225/2026. Arts. 1 a 4 (mínimos diurnos y nocturnos, tiempo parcial, aprendizaje, jornada mixta), art. 7 (carteles) y anexo por actividad.
- MTESS, «MTESS reglamentó el reajuste de salarios y jornales mínimos» (2026): 5 % desde el 1/7/2026 y multa de 10 a 30 jornales por trabajador.
- MTESS, Res. 677/2025: mínimo de Gs. 2.899.048, jornal Gs. 111.502 y hora Gs. 12.080 desde el 1/7/2025 (3,6 %, Decreto 4122/2025).
- Código del Trabajo, Ley 213/93, BACN: arts. 195 (jornada nocturna), 234 (recargos), 243 (aguinaldo), 249 a 260 (salario mínimo) y 261 a 263 (asignación familiar).
- Ley 496/95, BACN: texto vigente de los arts. 232 (jornal = mensual ÷ 26), 254, 257 y 385 (multas).
- IPS, tabla de bases mínimas imponibles y porcentajes de aportes: 9 % del trabajador y 16,5 % del empleador; sin aporte sobre el aguinaldo. Ley 98/92, BACN, art. 17: cuota del trabajador del 9 %.