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IRP en Paraguay 2026: quién paga, tasas de 8, 9 y 10 % y vencimientos

Desde cuánto se paga IRP en Paraguay 2026: ingresos de más de Gs. 80.000.000 al año. Tasas de 8, 9 y 10 % por rango, cómo se calcula y vencimiento en marzo.

En este artículo

Cómo se calcula el IRP por servicios personales (IRP-RSP)

  1. 1Ingresos del añoSueldos y honorarios, sin aguinaldo
  2. 2− Aporte IPS9 % en sueldos = renta bruta (art. 63)
  3. 3− Gastos con comprobante= renta neta (art. 64)
  4. 48 %, 9 % y 10 %Por tramo de renta neta (art. 69)
  5. 5Formulario 515Declaración y pago en marzo
Ley 6380/19, arts. 56, 63, 64 y 69; Formulario 515 (RG 69/2020, art. 40).

¿Quién paga IRP en Paraguay?

Las personas físicas residentes, nacionales o extranjeras (Ley 6380/19, art. 49). El IRP tiene dos categorías que se liquidan por separado: no pasas gastos ni ganancias de una a otra (art. 53).

PuntoIRP-RSP: servicios personalesIRP-RGC: rentas y ganancias de capital
Qué gravaSueldos, honorarios, comisiones y viáticos sin rendición (art. 62)Alquileres, ventas de inmuebles, acciones, cuotas y muebles, regalías y premios (art. 57)
Desde cuándoIngresos de más de Gs. 80.000.000 en el añoDesde la primera renta; ventas de muebles, desde Gs. 20.000.000 al año (art. 56, num. 3)
Tasa8 %, 9 % y 10 %, progresiva (art. 69)8 % fija (art. 60)
BaseIngresos − IPS − gastos personales documentados50 % del alquiler, 30 % del precio de venta o la ganancia documentada (art. 59)
Formulario y obligación515, obligación 715516, obligación 716
RetenciónNo en sueldos del sector privadoEscribano en ventas de inmuebles; premios desde Gs. 500.000; regalías

Qué grava

IRP-RSP: servicios personales
Sueldos, honorarios, comisiones y viáticos sin rendición (art. 62)
IRP-RGC: rentas y ganancias de capital
Alquileres, ventas de inmuebles, acciones, cuotas y muebles, regalías y premios (art. 57)

Desde cuándo

IRP-RSP: servicios personales
Ingresos de más de Gs. 80.000.000 en el año
IRP-RGC: rentas y ganancias de capital
Desde la primera renta; ventas de muebles, desde Gs. 20.000.000 al año (art. 56, num. 3)

Tasa

IRP-RSP: servicios personales
8 %, 9 % y 10 %, progresiva (art. 69)
IRP-RGC: rentas y ganancias de capital
8 % fija (art. 60)

Base

IRP-RSP: servicios personales
Ingresos − IPS − gastos personales documentados
IRP-RGC: rentas y ganancias de capital
50 % del alquiler, 30 % del precio de venta o la ganancia documentada (art. 59)

Formulario y obligación

IRP-RSP: servicios personales
515, obligación 715
IRP-RGC: rentas y ganancias de capital
516, obligación 716

Retención

IRP-RSP: servicios personales
No en sueldos del sector privado
IRP-RGC: rentas y ganancias de capital
Escribano en ventas de inmuebles; premios desde Gs. 500.000; regalías
Ley 6380/19, arts. 53, 56, 57, 59, 60, 62 y 69; Decreto 3184/2019, arts. 25, 46, 47 y 50; RG 69/2020, arts. 8 y 40.

Las utilidades y dividendos gravados por el IDU no pagan además IRP (art. 47, num. 1).

Los excedentes de cooperativas sí van al IRP-RGC (art. 57, num. 1). Los intereses de depósitos en bancos, financieras y cooperativas están exonerados (art. 56, num. 12).

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¿Te alcanza el IRP?

Pregunta 1

¿Cobraste más de Gs. 80.000.000 este año en sueldos u honorarios, sin contar el aguinaldo?

Si ya estás inscripto en el IRP-RSP y un año no llegas a Gs. 80.000.000, no pagas, pero sigues declarando. La obligación cesa tras dos ejercicios seguidos por debajo (Decreto 3184/2019, art. 62).

Tasas del IRP: 8, 9 y 10 %

En el IRP-RSP cada tasa se aplica solo a la parte de la renta neta que cae en su tramo (art. 69). No es 10 % sobre todo.

Tramo de renta netaTasaImpuesto del tramo completoAcumulado al final del tramo
Hasta Gs. 50.000.0008 %Gs. 4.000.000Gs. 4.000.000
De Gs. 50.000.001 a Gs. 150.000.0009 %Gs. 9.000.000Gs. 13.000.000
Desde Gs. 150.000.00110 %10 % del excesoGs. 13.000.000 + 10 % del exceso

Hasta Gs. 50.000.000

Tasa
8 %
Impuesto del tramo completo
Gs. 4.000.000
Acumulado al final del tramo
Gs. 4.000.000

De Gs. 50.000.001 a Gs. 150.000.000

Tasa
9 %
Impuesto del tramo completo
Gs. 9.000.000
Acumulado al final del tramo
Gs. 13.000.000

Desde Gs. 150.000.001

Tasa
10 %
Impuesto del tramo completo
10 % del exceso
Acumulado al final del tramo
Gs. 13.000.000 + 10 % del exceso
Ley 6380/19, art. 69. Columnas 3 y 4: cálculo de BlueliftAI.

Ejemplo con los números de la calculadora de IRP: sueldo de Gs. 12.000.000 al mes con IPS y Gs. 60.000.000 de gastos documentados.

Paso (ejemplo)CálculoMonto
Ingresos del año12.000.000 × 12Gs. 144.000.000
(−) IPS del trabajador9 % × 144.000.000Gs. 12.960.000
= Renta bruta144.000.000 − 12.960.000Gs. 131.040.000
(−) Gastos con comprobantePersonales y de familiares a cargoGs. 60.000.000
= Renta neta131.040.000 − 60.000.000Gs. 71.040.000
IRP8 % × 50.000.000 + 9 % × 21.040.000Gs. 5.893.600

Ingresos del año

Cálculo
12.000.000 × 12
Monto
Gs. 144.000.000

(−) IPS del trabajador

Cálculo
9 % × 144.000.000
Monto
Gs. 12.960.000

= Renta bruta

Cálculo
144.000.000 − 12.960.000
Monto
Gs. 131.040.000

(−) Gastos con comprobante

Cálculo
Personales y de familiares a cargo
Monto
Gs. 60.000.000

= Renta neta

Cálculo
131.040.000 − 60.000.000
Monto
Gs. 71.040.000

IRP

Cálculo
8 % × 50.000.000 + 9 % × 21.040.000
Monto
Gs. 5.893.600
Ley 6380/19, arts. 63, 64 y 69. Ejemplo ilustrativo, sin otros ingresos.

Gs. 80.000.000

de ingresos por servicios personales en el año: hasta ese monto no pagas IRP-RSP. Unos Gs. 6.666.667 de sueldo al mes (ejemplo, sin otros ingresos)

Fuente: Ley 6380/19, arts. 62 y 69

Gs. 80.000 a 100.000

menos de IRP por cada Gs. 1.000.000 de gastos con comprobante, según tu tramo, si ya pagas el impuesto

Fuente: Ley 6380/19, arts. 64 y 69; cálculo de BlueliftAI

Con tu sueldo, tus honorarios y tus gastos reales, la calculadora de IRP hace los tramos y te muestra el impuesto línea por línea.

Gastos deducibles del IRP-RSP

Se deducen los gastos personales y de tus familiares a cargo, con comprobante a tu nombre o al de ellos (Ley 6380/19, arts. 64 y 65).

Los que superan la renta bruta no pasan al año siguiente (art. 64), salvo la pérdida por compra de vivienda al contado, que se compensa hasta el 20 % de la renta neta de los 5 años siguientes (art. 66).

Antes de armar tu Formulario 515

Cómo cargar cada comprobante en Marangatu está en la guía de la RG 90.

No se deducen: el propio IRP, las multas, lo pagado con ingresos exonerados y el capital de préstamos tomados ya siendo contribuyente (Ley 6380/19, art. 68; RG 69/2020, art. 26).

IRP-RGC: alquileres, ventas y premios

La tasa es siempre 8 % (art. 60). Lo que cambia es la base: la ley presume una parte del monto como renta, o te deja usar la ganancia real si la documentas (art. 59).

IRP-RGC estimado de una operación

Operación
IRP-RGC estimadoGs. 2.400.000estimado

Ejemplo precargado: alquiler de Gs. 5.000.000 al mes sin IVA, Gs. 60.000.000 en el año → Gs. 2.400.000. Bases presuntas: 50 % del alquiler, 30 % del precio de venta y 100 % del premio o la regalía (Ley 6380/19, arts. 59 y 60; RG 69/2020, art. 3).

Es el máximo con base presunta: si tu ganancia documentada da menos, pagas sobre ella. Los premios de menos de Gs. 500.000 están exonerados (art. 56, num. 13), igual que las ventas de muebles que no suman Gs. 20.000.000 en el año (art. 56, num. 3).

  • Venta de inmueble: el escribano retiene el impuesto, 2,4 % del precio o menos si documentas una ganancia menor, como pago único y definitivo (Decreto 3184/2019, arts. 25 y 47). Sin ese comprobante, Registros Públicos no inscribe la escritura (Ley 6380/19, art. 137).
  • Alquiler: se toman las cuotas cobradas en el año, sin IVA (RG 69/2020, art. 3). Si el inmueble está a nombre de tu cónyuge, la renta es de quien figura como titular (art. 4).
  • Ventas de bolsa: las ganancias por títulos negociados en bolsas reguladas por la CNV están exoneradas (Ley 6380/19, art. 56, num. 10).

Si eres empleador: qué suma al IRP de tu equipo

La empresa no retiene IRP del sueldo, pero lo que paga define cuánto IRP tendrá que declarar cada trabajador.

Pago de la empresa¿Suma al IRP del trabajador?Fuente
Sueldo, horas extra, comisiones, bonificacionesSíLey, art. 62, num. 2
AguinaldoNo: exoneradoLey, art. 56, num. 5
Indemnización por despido al mínimo legalNo; lo que supera el mínimo, síLey, art. 56, num. 6
Seguro médico pagado directo por la empresaNoLey, art. 63; Decreto, art. 53
Dinero para que contrate su seguroSíDecreto, art. 53, num. 2
Vales de compra, tarjetas de alimentos, cuotas escolaresSíDecreto, art. 54
Viático sin rendición de cuentasSí, la parte no rendidaDecreto, art. 52
Subsidios por enfermedad, maternidad o escolaridadSíRG 69/2020, art. 16
Aporte del trabajador al IPS (9 %)Se resta de la renta brutaLey, art. 63

Sueldo, horas extra, comisiones, bonificaciones

¿Suma al IRP del trabajador?
Sí
Fuente
Ley, art. 62, num. 2

Aguinaldo

¿Suma al IRP del trabajador?
No: exonerado
Fuente
Ley, art. 56, num. 5

Indemnización por despido al mínimo legal

¿Suma al IRP del trabajador?
No; lo que supera el mínimo, sí
Fuente
Ley, art. 56, num. 6

Seguro médico pagado directo por la empresa

¿Suma al IRP del trabajador?
No
Fuente
Ley, art. 63; Decreto, art. 53

Dinero para que contrate su seguro

¿Suma al IRP del trabajador?
Sí
Fuente
Decreto, art. 53, num. 2

Vales de compra, tarjetas de alimentos, cuotas escolares

¿Suma al IRP del trabajador?
Sí
Fuente
Decreto, art. 54

Viático sin rendición de cuentas

¿Suma al IRP del trabajador?
Sí, la parte no rendida
Fuente
Decreto, art. 52

Subsidios por enfermedad, maternidad o escolaridad

¿Suma al IRP del trabajador?
Sí
Fuente
RG 69/2020, art. 16

Aporte del trabajador al IPS (9 %)

¿Suma al IRP del trabajador?
Se resta de la renta bruta
Fuente
Ley, art. 63
Ley 6380/19 y Decreto 3184/2019 (anexo); RG 69/2020.

Las empresas grandes y medianas informan a la DNIT cada febrero los sueldos y el aguinaldo de su personal y los honorarios pagados a independientes (RG 69/2020, arts. 35 y 36).

Con esa información, la DNIT puede inscribir de oficio a quien superó los Gs. 80.000.000 y no se inscribió, con las sanciones que correspondan (RG 69/2020, art. 37).

Las indemnizaciones exoneradas se explican en la guía de indemnización por despido.

Vencimiento del IRP por terminación de RUC

El IRP se declara y paga hasta el día de vencimiento del tercer mes después del cierre del ejercicio, que es el año civil: marzo (RG 38/2020, art. 2; Ley 6380/19, art. 52).

El año de un contribuyente del IRP-RSP

  1. 11 de eneroEmpiezas a sumar ingresos
  2. 2Superas Gs. 80 millonesGastos deducibles desde el día siguiente
  3. 330 días hábilesInscripción o actualización del RUC
  4. 431 de diciembreCierre del ejercicio
  5. 5MarzoFormulario 515 y pago
Ley 6380/19, arts. 62 y 69; Decreto 3184/2019, arts. 60 y 61; RG 38/2020, arts. 2 y 3.
Terminación del RUCDía de marzo
0Día 7
1Día 9
2Día 11
3Día 13
4Día 15
5Día 17
6Día 19
7Día 21
8Día 23
9Día 25

Terminación del RUCDía de marzo

0
Día 7
1
Día 9
2
Día 11
3
Día 13
4
Día 15
5
Día 17
6
Día 19
7
Día 21
8
Día 23
9
Día 25
Calendario Perpetuo, RG 38/2020, art. 3: último dígito del RUC sin el DV. Si el día es inhábil, pasa al primer día hábil siguiente. Formularios 515 (IRP-RSP) y 516 (IRP-RGC).

Ejemplo: RUC terminado en 1. El IRP del ejercicio 2026 vence el martes 9 de marzo de 2027.

Si presentas a tiempo y pagas después, no hay multa por contravención, pero sí multa por mora y recargo o intereses (RG 38/2020, art. 3).

Para calcular esa mora usa la calculadora de multas DNIT. Tus otras fechas están en el calendario de vencimientos.

Lo que conviene automatizar

  1. El registro de comprobantes. Si ya pagas IRP, cada gasto deducible que no registras es impuesto que pagas de más. Una carga automática desde el correo o el ERP evita perderlos.
  2. La informativa de remuneraciones. Si tu empresa es grande o mediana, sale de la planilla de sueldos: puede generarse sola cada febrero.
  3. El aviso de los Gs. 80.000.000. Un control mensual de ingresos acumulados avisa a tiempo para inscribirse en los 30 días hábiles.

Calcula tu caso en la calculadora de IRP. En el diagnóstico gratuito medimos cuántas horas lleva hoy tu cumplimiento con la DNIT y qué parte se puede dejar de tipear.

Fuentes:

Paso a paso: cómo calcular el IRP por servicios personales en Paraguay

  1. Sumá los ingresos del año. Sueldos, honorarios y comisiones desde el 1 de enero, sin el aguinaldo, que está exonerado. Si superan Gs. 80.000.000, pagás IRP-RSP (Ley 6380/19, arts. 56, 62 y 69).
  2. Restá el aporte al IPS. El aporte del trabajador al IPS (9 % en sueldos) se resta de los ingresos y da la renta bruta (art. 63).
  3. Restá los gastos con comprobante. Los gastos personales y de familiares a cargo, documentados y registrados en Marangatu, se restan de la renta bruta y dan la renta neta (art. 64).
  4. Aplicá las tasas por tramo. 8 % hasta Gs. 50.000.000 de renta neta, 9 % de Gs. 50.000.001 a Gs. 150.000.000 y 10 % sobre el exceso, cada tasa solo sobre la porción de su tramo (art. 69). Ejemplo: una renta neta de Gs. 71.040.000 da Gs. 5.893.600 de IRP.
  5. Presentá el Formulario 515 en marzo. El IRP del año se declara y paga en marzo del año siguiente, del día 7 al 25 según el último dígito del RUC sin el DV (RG 38/2020).

Preguntas frecuentes

¿A partir de cuánto se paga IRP en Paraguay en 2026?

El IRP por servicios personales se paga cuando tus ingresos brutos gravados del año, contados desde el 1 de enero, superan Gs. 80.000.000 (Ley 6380/19, arts. 62 y 69). El aguinaldo no cuenta: está exonerado (art. 56, num. 5). La ley permite actualizar ese monto por IPC (art. 139), pero no encontramos un decreto que lo haya hecho: en 2026 sigue en Gs. 80.000.000.

¿Cuánto se paga de IRP y cómo se calcula?

A tus ingresos del año les restas el aporte del trabajador al IPS (renta bruta, art. 63) y tus gastos personales y de familiares a cargo con comprobante (renta neta, art. 64). Sobre la renta neta aplicas 8 % hasta Gs. 50.000.000, 9 % hasta Gs. 150.000.000 y 10 % sobre el resto (art. 69). Ejemplo: Gs. 12.000.000 al mes y Gs. 60.000.000 de gastos dan Gs. 5.893.600 de IRP.

¿Cuáles son los rangos del IRP en 2026?

La renta neta del IRP-RSP tributa por tramos: 8 % hasta Gs. 50.000.000, 9 % desde Gs. 50.000.001 hasta Gs. 150.000.000 y 10 % desde Gs. 150.000.001, cada tasa solo sobre la porción que cae en su tramo (Ley 6380/19, art. 69). Con los dos primeros tramos completos, el impuesto acumulado es de Gs. 13.000.000.

¿Qué es la RG 69/2020?

Es la resolución general de la DNIT que reglamenta el IRP: inscripción, gastos deducibles, Formularios 515 (IRP-RSP) y 516 (IRP-RGC) y la informativa de remuneraciones que las empresas grandes y medianas presentan cada febrero (RG 69/2020, arts. 8, 18, 28, 35 y 40).

¿Qué diferencia hay entre IRP-RSP e IRP-RGC?

El IRP-RSP grava sueldos, honorarios y demás servicios personales, con tasas de 8 % a 10 % y desde Gs. 80.000.000 al año. El IRP-RGC grava rentas y ganancias de capital, como alquileres, ventas de inmuebles, acciones o muebles, regalías y premios, a una tasa fija del 8 % (Ley 6380/19, arts. 57, 60, 62 y 69). Cada categoría se liquida por separado (art. 53).

¿Cuándo vence el IRP?

El IRP se declara y paga en el tercer mes después del cierre del ejercicio, que es el año civil: marzo (RG 38/2020, art. 2). El día depende del último dígito del RUC sin el DV: del 7 (terminación 0) al 25 (terminación 9). El ejercicio 2026 vence en marzo de 2027, con el Formulario 515 (RSP) o el 516 (RGC).

¿Qué gastos son deducibles en el IRP?

Los personales y de familiares a cargo hechos en el país: alimentación, vestimenta, alquiler y mantenimiento de la vivienda, muebles y electrodomésticos, esparcimiento y movilidad. También salud y educación en el país o en el exterior, un auto cada 3 años y un inmueble para vivienda cada 5 (Ley 6380/19, arts. 64 y 66; RG 69/2020, art. 18). Todos con comprobante.

¿El empleador retiene IRP del sueldo?

No en el sector privado. El Decreto 3184/2019 solo designa agentes de retención del IRP-RSP para los funcionarios del servicio exterior y el personal militar en misión diplomática (arts. 63 y 64). El trabajador se inscribe, declara y paga por su cuenta. Las empresas grandes y medianas sí informan cada febrero la remuneración bruta y el aguinaldo de su personal (RG 69/2020, art. 35).

¿Cuánto IRP se paga por alquilar un inmueble?

8 % sobre la renta neta, que eliges entre el 50 % de lo cobrado en el año sin IVA o lo cobrado menos el impuesto inmobiliario y los gastos de mantenimiento, gestión y administración documentados (Ley 6380/19, arts. 59 y 60; RG 69/2020, art. 3). Con el 50 %, equivale al 4 % de lo cobrado. Te inscribes al empezar a alquilar (RG 69/2020, art. 8).

Si un año no llego a los Gs. 80.000.000, ¿tengo que declarar?

Sí, si ya estás inscripto en el IRP-RSP: presentas el Formulario 515 aunque no pagues impuesto (Ley 6380/19, art. 69; RG 69/2020, art. 28). La obligación de declarar cesa después de dos ejercicios seguidos por debajo de ese monto, contando el primer año de inscripción (Decreto 3184/2019, art. 62; RG 69/2020, art. 29).

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