En este artículo
Gs. 3.512.310
multa con más de 50 trabajadores: 30 jornales mínimos de Gs. 117.077
12 de 12
meses de liquidaciones comunicadas que hacen falta para que el libro se confirme solo
Qué dice la Res. 462/2026, en una tabla
| Punto | Regla |
|---|---|
| Quién (art. 2) | Empleadores inscriptos en el REOP con personal bajo el Código del Trabajo |
| Dónde (art. 3) | Sistema REOP del MTESS |
| Requisito (art. 4) | Haber comunicado las liquidaciones de salarios |
| Contenido (art. 5) | Cada trabajador, mes a mes, por casa matriz y sucursal |
| Confirmación (art. 6) | Mensual o anual, hasta el último día hábil de marzo; automática con 12 meses comunicados |
| Corrección (art. 7) | Libro rectificado, hasta 30 días corridos |
| Certificado Laboral (art. 12) | Exige el libro confirmado mes a mes desde el 1/6/2026 |
Regla
- Quién (art. 2)
- Empleadores inscriptos en el REOP con personal bajo el Código del Trabajo
- Dónde (art. 3)
- Sistema REOP del MTESS
- Requisito (art. 4)
- Haber comunicado las liquidaciones de salarios
- Contenido (art. 5)
- Cada trabajador, mes a mes, por casa matriz y sucursal
- Confirmación (art. 6)
- Mensual o anual, hasta el último día hábil de marzo; automática con 12 meses comunicados
- Corrección (art. 7)
- Libro rectificado, hasta 30 días corridos
- Certificado Laboral (art. 12)
- Exige el libro confirmado mes a mes desde el 1/6/2026
El artículo 12 es el que más pesa en el día a día: desde el 1 de junio de 2026, el Certificado Laboral solo sale si el libro está confirmado mes a mes. Para cancelar el registro patronal también hay que estar al día hasta la salida del último trabajador.
¿Estás al día?
Tu Libro de Información Laboral en 3 preguntas
Pregunta 1
¿Estás inscripto en el REOP y tienes trabajadores bajo el Código del Trabajo?
¿Cuánto sería la multa?
Multa por no llevar el Libro de Información Laboral
Jornales por tramo: Res. MTESS 462/2026, anexo I, art. 8. Jornal mínimo Gs. 117.077, vigente desde el 1/7/2026 (Res. MTESS 670/2026). La cantidad de trabajadores es la de asalariados inscriptos en el REOP en el ejercicio, sin independientes, extranjeros temporales, socios de cooperativas de trabajo, tercerizados ni contratistas (Res. MTESS 915/2025). La multa corre desde el día siguiente al vencimiento.
Con el valor precargado, una empresa familiar de 31 a 50 trabajadores pagaría Gs. 2.341.540 (20 × 117.077); con hasta 30 son Gs. 1.170.770 y con más de 50, Gs. 3.512.310. La multa no reemplaza el libro: igual hay que llevarlo.
La carga mensual, antes y después
De la planilla de sueldos al REOP
Hoy, a mano
- 1Planilla de sueldosExcel propio
- 2Copiar al formatoTrabajador por trabajador
- 3Subir al REOPCorregir rechazos
- 4ConfirmarSi queda tiempo
Automatizado
- 1Sistema de sueldosUn solo origen
- 2Archivo de cargaGenerado cada mes
- 3ValidaciónCédulas, montos, altas y bajas
- 4ConfirmaciónMensual, con revisión
El REOP acepta la liquidación de salarios trabajador por trabajador o con planillas Excel, y desde 2025 permite generar recibos electrónicos de salarios, vacaciones y aguinaldo (Res. MTESS 324/2025). Si el archivo sale del mismo sistema que paga los sueldos, el libro se arma sin retipeo y coincide con lo que realmente pagaste.
Las horas extra del mes van en esa liquidación: para calcularlas con los recargos de 50 % y 100 % del Código del Trabajo, usa la calculadora de horas extras.
Checklist mensual
Libro de Información Laboral, cada mes
Por dónde empezar
El atraso casi siempre viene de una planilla de sueldos armada en Excel que después se copia a mano a otro formato. Si ya automatizas la conciliación bancaria o el registro de comprobantes RG 90, el mismo enfoque sirve para la nómina: un solo origen de datos, archivos generados y una persona que revisa. Si tus planillas guardan datos de trabajadores, mira también la Ley 7593 de protección de datos. En el diagnóstico gratuito medimos cuántas horas te cuesta hoy cada cierre de sueldos.
Fuentes: Resolución MTESS N.º 462/2026 (reglamento, multas y calendario 2025); MTESS, recordatorio de confirmación, 4/8/2026; MTESS, liquidaciones salariales y recibos electrónicos, 19/5/2025; MTESS, planillas laborales 2025 (Res. MTESS 69/2025); Res. MTESS 670/2026 (jornal mínimo).