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Permiso de maternidad en Paraguay 2026: 18 semanas, subsidio del IPS, paternidad y lactancia

Permiso por maternidad en Paraguay 2026: 18 semanas pagadas por el IPS al 100 %. Paternidad: 14 días a cargo del empleador. Lactancia y despido nulo.

En este artículo

18 semanas

de permiso de maternidad al 100 % de la remuneración, a cargo del IPS; 24 si el bebé nace antes de la semana 35, pesa menos de 2.000 g o necesita incubadora

Fuente: Ley 5508/15, art. 11 (texto de la Ley 7534/2025) y art. 12

14 días

de permiso de paternidad desde el parto, con sueldo pagado por el empleador, no por el IPS

Fuente: Ley 5508/15, art. 13, inc. b; Decreto 7550/2017, art. 14

Quién paga cada permiso

La regla general: la maternidad la paga el IPS; la paternidad y la lactancia, la empresa. La excepción que más cuesta es la trabajadora sin IPS o con aportes atrasados.

PermisoDuraciónQuién pagaFuente
Maternidad18 semanas seguidas; hasta 2 antes del partoIPS, 100 % de la última remuneración imponibleLey, arts. 11 y 12; Decreto, art. 17
Maternidad, sin IPS o con aportes en moraIgualEl empleador, 100 % del subsidio, más sancionesLey, art. 12; Decreto, art. 21
Prematuro, bajo peso o incubadora24 semanas, con junta médica del IPSIPSLey, art. 11; Decreto, art. 20
Parto múltiple+1 mes por cada niño desde el segundoIPSLey, art. 11
Adopción18 semanas si el niño tiene hasta 6 meses; 12 si es mayorRige como permiso de maternidadLey, art. 13, inc. a; Decreto, art. 13
Paternidad14 días corridos desde el partoEl empleador, con goce de sueldoLey, art. 13, inc. b; Decreto, art. 14
Lactancia90 min/día hasta los 7 meses del niño; 60 min/día hasta los 24, con certificadoEl empleador: es tiempo trabajadoLey, art. 14; Decreto, arts. 28 y 29

Maternidad

Duración
18 semanas seguidas; hasta 2 antes del parto
Quién paga
IPS, 100 % de la última remuneración imponible
Fuente
Ley, arts. 11 y 12; Decreto, art. 17

Maternidad, sin IPS o con aportes en mora

Duración
Igual
Quién paga
El empleador, 100 % del subsidio, más sanciones
Fuente
Ley, art. 12; Decreto, art. 21

Prematuro, bajo peso o incubadora

Duración
24 semanas, con junta médica del IPS
Quién paga
IPS
Fuente
Ley, art. 11; Decreto, art. 20

Parto múltiple

Duración
+1 mes por cada niño desde el segundo
Quién paga
IPS
Fuente
Ley, art. 11

Adopción

Duración
18 semanas si el niño tiene hasta 6 meses; 12 si es mayor
Quién paga
Rige como permiso de maternidad
Fuente
Ley, art. 13, inc. a; Decreto, art. 13

Paternidad

Duración
14 días corridos desde el parto
Quién paga
El empleador, con goce de sueldo
Fuente
Ley, art. 13, inc. b; Decreto, art. 14

Lactancia

Duración
90 min/día hasta los 7 meses del niño; 60 min/día hasta los 24, con certificado
Quién paga
El empleador: es tiempo trabajado
Fuente
Ley, art. 14; Decreto, arts. 28 y 29
Ley 5508/15 con sus modificaciones (Leyes 6453/2019 y 7534/2025) y Decreto 7550/2017.

Si la madre muere en el parto o durante el permiso, el tiempo que falta pasa al padre, siempre que haya reconocido al niño, o a quien la familia de la madre designe como cuidador (Ley, art. 11; Decreto, art. 12).

Del aviso de embarazo al primer año

Cada fecha cambia lo que puedes y no puedes hacer. La protección empieza cuando ella te notifica el embarazo, no cuando nace el bebé.

Las 5 fechas que marca la ley

  1. 1Te notificaCertificado médico; empieza el fuero
  2. 2Semana 38Inicia el trámite en el IPS
  3. 3Parto18 semanas; padre, 14 días
  4. 4Reintegro90 min de lactancia por día
  5. 51 año del partoTermina la inamovilidad
Ley 5508/15, arts. 11, 14 y 15; Decreto 7550/2017, arts. 9, 10, 19 y 28.

La trabajadora comunica el embarazo con un certificado médico o un análisis de laboratorio firmado, sellado y fechado (Decreto, art. 9). Guarda la fecha en que lo recibiste.

Si el trabajo es perjudicial para el embarazo, la trasladas a otro sin bajar su sueldo: cargar peso, estar mucho tiempo de pie, trabajo nocturno u horas extra (Decreto, art. 8; Código del Trabajo, art. 130).

Qué paga el IPS y qué pagas tú

El subsidio sustituye al salario durante el permiso (Decreto, art. 2, inc. c).

Para que el IPS lo pague, la trabajadora debe estar al día y tener 4 meses de aportes anteriores, con 6 semanas de cuotas por trabajo efectivo en ese tiempo (Decreto, art. 19).

Cuánto paga tu empresa por un permiso de maternidad

Situación con el IPS
Duración del permiso
Lo que pagaría tu empresaGs. 22.653.850estimado

De dónde sale

  • Subsidio a tu cargo: 100 % del salario por los días del permiso (Ley, art. 12)Gs. 16.800.00074 %
  • Multa por trabajadora afectada (Ley, art. 19)Gs. 5.853.85026 %

Reglas: Ley 5508/15, art. 12; Decreto 7550/2017, arts. 17, 20 y 21; multa de 50 a 100 jornales según la Ley 6453/2019; jornal mínimo Gs. 117.077 (Res. MTESS 670/2026).

Es un estimado: usa salario ÷ 30 × días del permiso. El IPS liquida con sus propios plazos y cuotas, que no pudimos verificar en su portal. Con la trabajadora inscripta y al día, el resultado es 0: el mismo monto lo paga el IPS, y tu costo es el aporte mensual (25,5 %, 9 % a cargo de ella): Gs. 1.020.000 con Gs. 4.000.000. La multa se duplica si reincides.

Ejemplo: la misma trabajadora, dos empresas

Una vendedora cobra Gs. 4.000.000 al mes y tiene un parto normal. Es un ejemplo.

RubroEmpresa al día con el IPSEmpresa que no la inscribió
Subsidio de 18 semanasGs. 16.800.000, lo paga el IPSGs. 16.800.000, lo paga la empresa
Multa posible del MTESS, primera vez—Gs. 5.853.850 a 11.707.700
Costo posible para la empresaGs. 0 de salario mientras dura el permisoGs. 22.653.850 a 28.507.700

Subsidio de 18 semanas

Empresa al día con el IPS
Gs. 16.800.000, lo paga el IPS
Empresa que no la inscribió
Gs. 16.800.000, lo paga la empresa

Multa posible del MTESS, primera vez

Empresa al día con el IPS
—
Empresa que no la inscribió
Gs. 5.853.850 a 11.707.700

Costo posible para la empresa

Empresa al día con el IPS
Gs. 0 de salario mientras dura el permiso
Empresa que no la inscribió
Gs. 22.653.850 a 28.507.700
Ejemplo. Subsidio estimado: 4.000.000 ÷ 30 × 126 días. Multa con el jornal de Gs. 117.077 (Res. MTESS 670/2026).

Estar al día cuesta mucho menos: con ese salario, el aporte total de un mes es Gs. 1.020.000 (25,5 %, del que 9 % se descuenta del sueldo). Los plazos están en la guía del aporte al IPS.

Si en la misma empresa un vendedor con Gs. 3.500.000 es padre, su permiso de 14 días cuesta Gs. 1.633.333 (3.500.000 ÷ 30 × 14), y lo pagas tú como sueldo.

¿Quién paga este permiso? Árbol de decisión

Responde por una persona concreta antes de cerrar la planilla del mes.

¿Quién paga el permiso?

Pregunta 1

¿Es el permiso de paternidad de un trabajador que acaba de ser padre?

Despido y cambios de puesto: lo que no puedes hacer

Desde la notificación del embarazo hasta un año después del parto, la trabajadora tiene fuero maternal. No la puedes despedir sin autorización judicial previa, ni trasladarla o desmejorarla (Decreto, arts. 2, inc. h, y 10). El único traslado previsto es el del art. 8, sin bajar su sueldo.

SituaciónQué dice la normaFuente
Preaviso o despido durante el embarazo notificado o los permisosNulo, incluso durante la lactanciaLey, art. 15; CT, art. 136
Hasta un año después del nacimiento o la adopciónInamovilidad: sin despido sin juez, traslado ni desmejoraLey, art. 15; Decreto, art. 2, inc. h
Embarazo, adopción o lactancia como causaNunca es causa justificada, ni directa ni indirectaLey, art. 15
Una falta grave del art. 81Solo con autorización judicial previaDecreto, art. 10
Padre con permiso de paternidadPreaviso y despido nulos mientras dure el permisoLey, art. 15

Preaviso o despido durante el embarazo notificado o los permisos

Qué dice la norma
Nulo, incluso durante la lactancia
Fuente
Ley, art. 15; CT, art. 136

Hasta un año después del nacimiento o la adopción

Qué dice la norma
Inamovilidad: sin despido sin juez, traslado ni desmejora
Fuente
Ley, art. 15; Decreto, art. 2, inc. h

Embarazo, adopción o lactancia como causa

Qué dice la norma
Nunca es causa justificada, ni directa ni indirecta
Fuente
Ley, art. 15

Una falta grave del art. 81

Qué dice la norma
Solo con autorización judicial previa
Fuente
Decreto, art. 10

Padre con permiso de paternidad

Qué dice la norma
Preaviso y despido nulos mientras dure el permiso
Fuente
Ley, art. 15
Ley 5508/15, art. 15; Decreto 7550/2017, arts. 2 y 10; Código del Trabajo, art. 136.

Antes de una salida, revisa las causas y el plazo en la guía de despido justificado. Lo que se debe si no hay causa está en la de indemnización por despido.

Lactancia: horario y sala

El permiso es de 90 minutos por día desde el reintegro y hasta los 7 meses del niño, pagado como tiempo trabajado (Decreto, art. 28). La ley habla de los primeros 6 meses (art. 14); el reglamento lo extiende hasta los 7 meses de edad. En partos múltiples suma 60 minutos por día por cada hijo desde el segundo (Ley, art. 14).

La madre elige la forma: en cualquier momento de la jornada, dividido en dos partes, o entrando o saliendo 45 o 90 minutos antes o después.

Con certificado del pediatra visado por el Ministerio de Salud, sigue con 60 minutos hasta los 24 meses; el certificado vale 3 meses (Decreto, art. 29).

Si trabajan más de 10 mujeres en tu empresa, debes tener una sala de lactancia habilitada por el Ministerio de Salud (Ley, art. 17, texto de la Ley 6453/2019). El límite del reglamento de 2017 era 30; la ley posterior lo bajó.

Los permisos de maternidad y paternidad no se descuentan de las vacaciones. Si ella ya tenía vacaciones ganadas, puede tomarlas apenas vuelva (Decreto, art. 16). Cuántos días le tocan está en la guía de vacaciones.

Checklist cuando una trabajadora te avisa del embarazo

Permiso de maternidad: lo que hace la empresa

Modelos de nota para copiar

Dejan constancia de las fechas que cuentan. Adáptalos con tu asesor.

Modelos para adaptar (ejemplo)

  1. [Ciudad], [fecha]. Recibimos de la Sra. [nombre], C.I. [número], el certificado médico de fecha [fecha] que acredita su embarazo, con fecha probable de parto el [fecha]. Desde hoy rigen el fuero maternal y la inamovilidad de la Ley 5508/15 (art. 15) y del Decreto 7550/2017 (art. 10). [Firma del empleador o representante]. Recibí copia: [firma de la trabajadora y fecha].
  2. [Ciudad], [fecha]. Constancia de permiso de lactancia. La Sra. [nombre], C.I. [número], reintegrada el [fecha], eligió usar sus 90 minutos diarios de permiso de lactancia de esta forma: [en dos partes de 45 minutos, a las (hora) y a las (hora) / entrando 90 minutos más tarde / saliendo 90 minutos antes], hasta el [fecha en que el niño cumple 7 meses]. Es tiempo trabajado, con goce de salario (Ley 5508/15, art. 14; Decreto 7550/2017, art. 28). [Firmas].
  3. [Ciudad], [fecha]. El Sr. [nombre], C.I. [número], nos comunicó el nacimiento de su hijo/a el [fecha]. Le corresponde el permiso de paternidad de 14 días corridos, del [fecha] al [fecha], con goce de sueldo (Ley 5508/15, art. 13, inc. b; Decreto 7550/2017, art. 14). Al reintegrarse, presentará el certificado de nacimiento y la cédula del niño o niña, o la contraseña de su trámite (art. 15). [Firmas].

Por dónde empezar

El costo grande aparece cuando la trabajadora no está en el IPS o la planilla está atrasada. Se ve en la nómina antes del parto, no después.

Con el salario de cada persona, la calculadora de aguinaldo e IPS te da el aporte mensual a depositar.

En el diagnóstico gratuito vemos dónde viven hoy la nómina, los aportes y los permisos de tu empresa, y qué parte puede quedar en una sola fuente con fechas y alertas.

Fuentes:

  • Ley 5508/15, BACN: arts. 11 (permiso de maternidad), 12 (subsidio del IPS y pago por el empleador), 13 (adopción y paternidad), 14 (lactancia), 15 (nulidad del despido e inamovilidad) y 20 (progresividad inicial, ya cumplida).
  • Ley 6453/2019, BACN: texto vigente de los arts. 17 (sala de lactancia con más de 10 mujeres) y 19 (multa de 50 a 100 jornales mínimos por trabajadora afectada).
  • Ley 7534/2025, BACN: texto vigente de los arts. 2 y 11 (18 semanas; 24 en prematuros; partos múltiples).
  • Decreto 7550/2017, reglamento de la Ley 5508, copia firmada publicada por FAOLEX: arts. 2, 8 a 21 (embarazo, fuero, tipos de permiso, paternidad, vacaciones, subsidio, requisitos y pago por el empleador) y 28 a 32 (lactancia y salas).
  • Código del Trabajo, Ley 213/93, BACN: arts. 130 (tareas prohibidas con peligro para la salud) y 136 (nulidad del preaviso y del despido).
  • Res. MTESS 670/2026: salario mínimo Gs. 3.044.000 y jornal mínimo Gs. 117.077 desde el 1/7/2026.
  • Portal del IPS (portal.ips.gov.py): no respondió el 21/10/2026, así que los requisitos y el cálculo del subsidio citados aquí salen del Decreto 7550/2017 y no de los procedimientos internos del IPS. Confírmalos en una agencia del IPS.

Paso a paso: Qué hace la empresa cuando una trabajadora avisa del embarazo en Paraguay

  1. Anotá la fecha del certificado de embarazo. Desde que la trabajadora notifica el embarazo con un certificado médico rige el fuero maternal (Decreto 7550/2017, arts. 9 y 10).
  2. Confirmá que está inscripta en el IPS y al día. Si la empresa no la inscribió o está en mora con los aportes, paga ella el 100 % del subsidio (Ley 5508/15, art. 12; Decreto 7550/2017, art. 21).
  3. Verificá los aportes mínimos. El IPS pide 4 meses de aportes anteriores, con 6 semanas de cuotas por trabajo efectivo en ese tiempo (Decreto 7550/2017, art. 19).
  4. Acompañá el trámite desde la semana 38. Se presenta el reposo original del médico, la cédula y el certificado de nacimiento; el permiso dura 18 semanas, o 24 si el parto es prematuro (Ley 5508/15, art. 11; Decreto 7550/2017, art. 19).
  5. Pagá la paternidad y organizá la lactancia. El padre cobra 14 días de sueldo desde el parto a cargo del empleador; al reintegro, la madre elige cómo usar sus 90 minutos diarios de lactancia (Ley 5508/15, arts. 13 y 14; Decreto 7550/2017, arts. 14 y 28).

Preguntas frecuentes

¿Cuántas semanas dura el permiso por maternidad en Paraguay en 2026?

18 semanas ininterrumpidas, y la trabajadora puede tomar 2 de ellas antes del parto. Son 24 semanas si el parto llega antes de la semana 35, si el bebé pesa menos de 2.000 gramos o si necesita incubadora o cuidados especiales; en partos múltiples se suma 1 mes por cada niño desde el segundo (Ley 5508/15, art. 11, texto de la Ley 7534/2025).

¿Quién paga el permiso de maternidad en Paraguay?

El IPS, con un subsidio del 100 % de la remuneración. El empleador no paga salario durante el permiso. Pero si no inscribió a la trabajadora en el IPS o está en mora con sus aportes, debe pagar él el 100 % del subsidio, además de las sanciones (Ley 5508/15, art. 12; Decreto 7550/2017, art. 21).

¿Cuánto paga el IPS por maternidad?

El 100 % de la última remuneración imponible antes del permiso, tomando el último mes cobrado antes del parto; si ese mes no fue completo por un reposo o un permiso, el primer salario aportado por un mes completo (Decreto 7550/2017, arts. 17 y 20). Ejemplo: con Gs. 4.000.000 al mes, 18 semanas son unos Gs. 16.800.000 (estimado, salario ÷ 30 × 126 días).

¿Qué requisitos pide el IPS para el subsidio por maternidad?

Estar al día con los aportes y tener al menos 4 meses de aportes anteriores, con 6 semanas de cuotas por trabajo efectivo en esos meses. Se presenta el reposo original del médico, la cédula y el certificado de nacimiento. El trámite se inicia desde la semana 38 de gestación, o desde la 34 en los casos de prematuro (Decreto 7550/2017, art. 19).

¿Cuántos días es el permiso por paternidad en Paraguay en 2026 y quién lo paga?

2 semanas después del parto, con goce de sueldo a cargo del empleador y con carácter irrenunciable (Ley 5508/15, art. 13, inc. b). El reglamento lo fija en 14 días corridos e ininterrumpidos desde el parto (Decreto 7550/2017, art. 14). El IPS no lo paga.

¿Cómo funciona el permiso de lactancia en Paraguay?

90 minutos por día, pagados como tiempo trabajado, desde que la madre vuelve al trabajo. Ella elige cómo usarlos: en cualquier momento de la jornada, en dos partes, o entrando o saliendo 45 o 90 minutos antes o después. Con indicación médica se extiende hasta los 24 meses del niño, con 60 minutos por día (Ley 5508/15, art. 14; Decreto 7550/2017, arts. 28 y 29).

¿Puedo despedir a una trabajadora embarazada en Paraguay?

No sin autorización judicial previa. Desde que te notifica el embarazo, y durante los permisos de maternidad y lactancia, el preaviso y el despido son nulos. Tiene inamovilidad hasta un año después del nacimiento o la adopción, y el embarazo o la lactancia nunca son causa justificada (Ley 5508/15, art. 15; Decreto 7550/2017, art. 10). Consultá a un abogado.

¿Qué multa hay si no se cumple la Ley 5508?

De 50 a 100 jornales mínimos por trabajadora afectada, según la gravedad, y el doble si reincidís. La aplica el MTESS por no dar los permisos de maternidad, paternidad, adopción o lactancia, por los subsidios o por la sala de lactancia (Ley 5508/15, art. 19, texto de la Ley 6453/2019). Con el jornal de Gs. 117.077, son Gs. 5.853.850 a Gs. 11.707.700.

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