Banca y finanzasGuía para sujetos obligados

Matriz de riesgo de lavado de activos: cómo armarla si eres sujeto obligado (Ecuador y Paraguay)

Matriz de riesgo LA/FT para sujetos obligados de Ecuador (UAFE) y Paraguay (SEPRELAD): quién está obligado, los 5 factores y una matriz para copiar a Excel.

En este artículo

Matriz de riesgo de un cliente (pesos y niveles de ejemplo)

Cliente · peso 30 %
Producto o servicio · peso 20 %
Zona geográfica · peso 15 %
Canal · peso 15 %
Transaccionalidad · peso 20 %
Puntaje ponderado1,00 de 3
Riesgo bajoDebida diligencia simplificada, si tu normativa la permite para este perfil. Revisión periódica estándar.
ejemplo

Los factores son los que la ley ecuatoriana exige como mínimo (art. 37) y coinciden con los de la nota interpretativa de la Recomendación 10 del GAFI; el trato de las PEP viene de la Recomendación 12. Un factor de nivel 3 nunca deja al cliente en riesgo bajo, y la estructuración (operaciones fraccionadas) o un beneficiario final no identificado lo llevan a riesgo alto. Los pesos y niveles son de ejemplo: cada sujeto obligado define los suyos en su metodología y los documenta.

¿Eres sujeto obligado?

ActividadEcuador (UAFE)Paraguay (SEPRELAD)
InmobiliariasSíSí
ConstrucciónSíNo figura de forma expresa (la lista no es taxativa)
Venta de vehículosSí, también maquinaria y embarcacionesSí (automotores)
Joyas, metales y piedras preciosasSíSí
CooperativasSí, como sector financiero popular y solidarioSí
Casas de empeñoNo figura de forma expresa en el art. 28Sí
Abogados y contadoresEn ciertas actividadesActividades y profesiones no financieras

Inmobiliarias

Ecuador (UAFE)
Sí
Paraguay (SEPRELAD)
Sí

Construcción

Ecuador (UAFE)
Sí
Paraguay (SEPRELAD)
No figura de forma expresa (la lista no es taxativa)

Venta de vehículos

Ecuador (UAFE)
Sí, también maquinaria y embarcaciones
Paraguay (SEPRELAD)
Sí (automotores)

Joyas, metales y piedras preciosas

Ecuador (UAFE)
Sí
Paraguay (SEPRELAD)
Sí

Cooperativas

Ecuador (UAFE)
Sí, como sector financiero popular y solidario
Paraguay (SEPRELAD)
Sí

Casas de empeño

Ecuador (UAFE)
No figura de forma expresa en el art. 28
Paraguay (SEPRELAD)
Sí

Abogados y contadores

Ecuador (UAFE)
En ciertas actividades
Paraguay (SEPRELAD)
Actividades y profesiones no financieras
Fuentes: Ecuador, Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos (R.O. 4S-610, 29/7/2024, reformada por el R.O. Supl. 112 del 28/8/2025), art. 28. Paraguay, Ley 1015/97 art. 13, texto según Ley 6960/2022, y Res. SEPRELAD 196/2020, reglamento vigente para la compraventa e importación de automotores. Listas resumidas.

Lo que exige la ley, con plazos

Ciclo de cumplimiento en Ecuador (Ley de 2024)

  1. Semana AltaRegistroSin código, la infracción es muy grave (art. 81).KPI: código de registro UAFE (art. 56)
  2. Semana MesRESUOperaciones desde 10.000 USD, solas o sumadas por persona en el mes.KPI: primeros 15 días de cada mes (art. 58)
  3. Semana 5 díasROSSin importar el monto; prorrogable 3 días.KPI: 5 días término desde la detección (art. 57)
  4. Semana AñoMatrizMetodología documentada.KPI: actualizar al menos una vez al año (art. 39)
  5. Semana 10 díasSin reportesDentro de los 10 días término tras cerrar el mes.KPI: registrar que no hubo ROS ni otros reportes (art. 59)
  6. Semana 10 añosArchivoExpedientes de clientes y operaciones.KPI: conservar registros (art. 48)

En Paraguay, la Ley 1015/97 pide prevención "en base a un enfoque de riesgo" y permite a la SEPRELAD reglamentar la debida diligencia, que puede ser simplificada, general o ampliada según el riesgo (art. 14, texto según la Ley 6497/2019). Para inmobiliarias, el reglamento con enfoque de riesgo es la Res. SEPRELAD 201/2020.

10.122 a 19.280 USD

multa por infracción muy grave en Ecuador: 21 a 40 SBU de 482 USD (art. 81), por ejemplo operar sin código de registro

Fuente: Ley Orgánica de Prevención de Lavado de Activos, compilación UAFE, oct. 2025

5.000

salarios mínimos: multa máxima para personas jurídicas en Paraguay, o hasta el 50 % del valor de la operación (art. 24)

Fuente: Ley 1015/97 actualizada, SEPRELAD

De Excel a una matriz que se actualiza sola

La matriz en Excel funciona con pocos clientes. El problema aparece cuando la transaccionalidad cambia cada mes y nadie recalifica. Lo que se automatiza:

Matriz de riesgo automatizada

  1. 1Ficha del clienteDatos y documentos
  2. 2ListasPEP y GAFI
  3. 3OperacionesDel sistema, cada mes
  4. 4PuntajeTus pesos
  5. 5CambiosSube de nivel: alerta
  6. 6OficialAprueba y documenta
La IA no decide el riesgo: recalcula con tus reglas y explica qué cambió. El oficial de cumplimiento aprueba.

Mínimos de tu metodología

Por dónde seguir

Si eres banco o cooperativa, mira IA para banca y cooperativas en Ecuador o IA para cooperativas en Paraguay. Si tu matriz vive en un Excel que nadie recalcula, en el diagnóstico gratuito revisamos qué datos ya tienes en tu sistema para mantenerla al día.

Fuente del enfoque basado en riesgo: Recomendaciones del GAFI, traducción de GAFILAT (actualización dic. 2023), Recomendación 1 (enfoque basado en riesgo), nota interpretativa de la Recomendación 10 (factores de riesgo) y Recomendación 12 (PEP).

Preguntas frecuentes

¿Qué es la matriz de riesgo de lavado de activos?

Es la herramienta con la que un sujeto obligado califica a cada cliente según factores de riesgo (cliente, producto o servicio, zona geográfica, canal y transaccionalidad) y decide qué nivel de debida diligencia y monitoreo aplicarle. En Ecuador la ley exige categorías de riesgo alto, medio y bajo y actualizarlas al menos una vez al año.

¿Quiénes son los sujetos obligados de la UAFE?

Además de las entidades financieras, la Ley Orgánica de Prevención de Lavado de Activos de 2024 (art. 28) incluye como sujetos obligados no financieros a, entre otros: promoción, inversión e intermediación inmobiliaria; construcción; comercialización de vehículos, maquinaria, embarcaciones y aeronaves; comerciantes de metales y piedras preciosas; notarios y registradores; abogados y contadores en ciertas actividades; fundaciones y ONG, y proveedores de servicios societarios y fideicomisos.

¿Quiénes son los sujetos obligados por la SEPRELAD?

El art. 13 de la Ley 1015/97 (texto según la Ley 6960/2022) incluye, además de bancos y financieras, a cooperativas, inmobiliarias, casas de empeño, actividades y profesiones no financieras, comercio de joyas, piedras y metales preciosos, arte y antigüedades, transferencias de dinero, clubes deportivos y proveedores de activos virtuales, entre otros. La lista no es taxativa.

¿Cómo se saca la matriz de riesgo?

1) Define los factores y su peso; 2) define niveles 1 a 3 para cada factor con criterios objetivos; 3) califica a cada cliente y calcula un puntaje ponderado; 4) asigna riesgo bajo, medio o alto y el nivel de debida diligencia; 5) documenta la metodología y actualízala al menos una vez al año. Algunos factores, como ser persona expuesta políticamente, deberían forzar riesgo alto.

¿Qué pasa si no tengo matriz de riesgo o no reporto a la UAFE?

La ley ecuatoriana gradúa las infracciones: leves de 1 a 10 SBU, graves de 11 a 20 SBU y muy graves de 21 a 40 SBU (arts. 79 a 81). Entre las graves está no designar oficial de cumplimiento o enviar el ROS tarde; entre las muy graves, operar sin código de registro, no reportar operaciones sospechosas (art. 81 d) y abrir o mantener una cuenta sin identificar al beneficiario final (art. 81 e). En Paraguay, la Ley 1015/97 (art. 24) prevé multas de hasta 5.000 salarios mínimos para personas jurídicas.

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